EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA COMUNAL DE SAMACIA
VISTOS:
- La Ley Fundamental de la República Comunal de Samacia, aprobada el 6 de diciembre de 2020.
- El Tratado de Reconocimiento Mutuo y Cooperación Cultural entre el Reino de Tarevia y la República Comunal de Samacia, aprobado el 8 de enero de 2025.
- El Decreto de Nombramiento del Comité Bilateral de Cooperación Cultural, Lúdica y Deportiva con el Reino de Tarevia, de fecha 18 de enero de 2025.
CONSIDERANDO:
- Que el Reino de Tarevia ha comunicado oficialmente su disolución como entidad micronacional, cesando en toda actividad y dejando de existir como sujeto de derecho internacional micronacional.
- Que la desintegración del Reino de Tarevia implica la imposibilidad material y jurídica de dar cumplimiento al articulado del Tratado de Reconocimiento Mutuo y Cooperación Cultural, así como la desaparición de la contraparte en los compromisos bilaterales adquiridos.
- Que la continuidad formal de un tratado con una nación extinta no solo carece de sentido, sino que podría prestarse a interpretaciones equívocas sobre la vitalidad diplomática de la República Comunal de Samacia.
- Que, en virtud de los principios de seguridad jurídica y transparencia que rigen nuestro ordenamiento, procede derogar expresamente todos los actos jurídicos vinculados al extinto Reino de Tarevia y disolver los órganos constituidos a tal efecto.
DECRETO:
Artículo 1. Derogación del Tratado. Queda derogado en su totalidad, con efectos inmediatos, el Tratado de Reconocimiento Mutuo y Cooperación Cultural entre el Reino de Tarevia y la República Comunal de Samacia, aprobado el 8 de enero de 2025.
Artículo 2. Disolución del Comité Bilateral. Se disuelve el Comité Bilateral de Cooperación Cultural, Lúdica y Deportiva con el Reino de Tarevia, creado por Decreto de 18 de enero de 2025. Cesan automáticamente los nombramientos de Valentín Ferrer como Representante Principal, de Antonio García Sánchez como Suplente y de Gonzalo Miguel Sánchez Moreno como Segundo Suplente, sin que dichos ceses generen responsabilidad alguna.
Artículo 3. Participación en LIVITA 2025. La inscripción del equipo «Los Matacanes de Samacia» en la Liga Virtual de Fútbol de Tarevia (LIVITA) 2025 queda sin efecto. El Ministerio de Deportes procederá a formalizar la retirada del equipo de la competición y a reasignar los recursos previamente destinados a otras actividades deportivas de la República.
Artículo 4. Reconocimiento revocado. La República Comunal de Samacia deja sin efecto el reconocimiento diplomático que había otorgado al Reino de Tarevia, eliminándolo de su registro de micronaciones reconocidas.
Artículo 5. Publicación y vigencia. El presente decreto será publicado en el Boletín Oficial de la República Comunal de Samacia y entrará en vigor en la fecha de su publicación.
Dado en Samacia, a 27 de noviembre de 2025.
El Presidente de la República Comunal de Samacia,
Valentín Ferrer